Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el proyecto de decreto que modifica la clasificación de empresas en los grupos 2 y 3 y presenta la simplificación contable para las microempresas

19 agosto de 2021

El proceso de discusión pública estará abierto hasta el tres de septiembre de 2021. Modifica el Decreto 2420 de 2015, Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información.

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Bogotá, agosto de 2021. Luego de recibir la propuesta consolidada de modificación normativa del Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP-, el ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el proyecto "por el cual se modifica el Decreto 2420 de 2015, Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, en relación con la clasificación de las entidades que conforman los Grupos 2 y 3, la simplificación contable para las microempresas y el sistema de caja para las personas naturales y se dictan otras disposiciones”.

De acuerdo con la entidad, el plazo máximo para la recepción de comentarios sobre el particular es del tres de septiembre de 2021 y estos deben enviarse al buzón jalvarez@mincit.gov.co.

El CTCP , observando lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, remitió mediante oficios electrónicos Nos. CTCP –2021- -000019 y CTCP con radicado 2-2021-034989 dirigidos a los Ministros de Comercio, Industria y Turismo y de Hacienda y Crédito Público, respectivamente, el “Documento de Sustentación de la propuesta a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) – Mejoras DUR 2420 de 2015 – Proyecto de Simplificación para Microempresas que propicie el emprendimiento y el crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad.

El ámbito de aplicación del proyecto normativo es a nivel nacional y va dirigido a los preparadores de información financiera con propósito general que conforman los grupos 2 y 3. Se precisa que los emprendedores que preparen información financiera con propósito general que pertenezcan al grupo 3, aplicarán el marco regulatorio dispuesto en el anexo 3 del Decreto 2420 de 2015.

Conozca el documento propuesto en el archivo adjunto.

Documento adjunto:

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