Avanza proceso para la designación del cuarto consejero del CTCP

27 abril de 2026

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Resolución 0623 de 2026 por la cual se establece el procedimiento para convocar a las entidades facultadas para conformar las ternas para la designación del cuarto miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública por el Presidente de la República.
 

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Bogotá, abril de 2026. En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley 1314 de 2009 y el Artículo 4 del Decreto 691 de 2010, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo avanzó en el procedimiento para la designación del cuarto miembro del CTCP.
 
El MinCIT publicó recientemente la Resolución 0623 por medio de la cual se establece el procedimiento para convocar a las entidades facultadas para conformar las ternas para la designación del cuarto miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
 
De acuerdo con la Resolución, están facultadas para presentar las ternas “las agremiaciones de la profesión contable con personería jurídica y las instituciones de educación superior con registro calificado de programas académicos de contaduría pública, conducentes a la obtención de título profesional de contador público otorgado por el Ministerio de Educación Nacional, que se encuentren legalmente constituidas”.
 
Las entidades facultadas que participen de manera individual o conjunta, adelantarán el proceso a través de una universidad o institución pública o privada experta en procesos de selección, de las cuales saldrán las temas que se deberán enviar al Presidente de la República.
 
El concurso público de méritos será adelantado por la entidad evaluadora, dentro de los tres (3) meses siguientes y deberá incluir un examen de análisis de antecedentes laborales, un examen conocimientos y experiencia y un examen de competencias. El examen de análisis de antecedentes permite hacer la valoración de los aspirantes en cuanto a estudios y experiencia que sobrepasen los requisitos del empleo y hacer una evaluación retrospectiva de la formación y condiciones de estos.
 
El examen de conocimientos y experiencia busca evaluar competencias del saber, llevando a que el aspirante recurra a procesos cognitivos específicos, al saber adquirido en la experiencia y al saber académico o de la disciplina y comprenderá la evaluación de habilidades técnicas y de experiencia en revisoría fiscal, investigación contable, docencia contable, contabilidad, regulación contable, aseguramiento, derecho tributario, finanzas, formulación y evaluación de proyectos de inversión y negocios nacionales o internacionales.
 
El examen de competencias busca evaluar competencias del saber hacer, con el propósito de lograr una visión más amplia del aspirante en cuanto a las capacidades que posee, así como las posibilidades de potencializarlas en función del desempeño.
 
Las pruebas se valorarán en una escala de 0 a 100 puntos, cuyos resultados se ponderarán de acuerdo con el porcentaje que se le haya asignado a cada examen.
 
Los aspirantes deberán reunir los requisitos mínimos señalados en la Ley 1314 de 2009, para presentar los exámenes, los cuales son clasificatorios y como resultado de la aplicación de los exámenes y la ponderación de los puntajes obtenidos por los aspirantes en cada uno, se publicará una lista, en estricto orden de mérito de las personas que obtuvieron un puntaje ponderado igual o mayor al sesenta y cinco por ciento (65%):
 
1. Examen de conocimientos: Cincuenta por ciento (50%)
2. Examen de antecedentes laborales: Veinte por ciento (20%)
3. Examen de competencias: Treinta por ciento (30%).
 
Actualmente el cargo de cuarto consejero es ejercido por Jairo Enrique Cervera Rodríguez. El mencionado consejero también ejerce hoy la Presidencia Ad Hoc del CTCP.
 
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